Se propone la creación de la Ley Federal de Protección al Usuario Digital; por parte del Grupo Parlamentario de Morena.
Para muchas personas, hoy en día, el hecho de permanecer en línea mediante una conexión a internet se ha convertido en una necesidad para poder desempeñar su trabajo, para estar en contacto con sus familiares e incluso como medio de entretenimiento y, un foro de comunicación mediante el cual expresan opiniones, proporcionan información de productos o servicios, y/o participan en debates, ya sean públicos o privados, sobre temas de interés general, por estas razones se concibió construir un marco regulatorio para un entorno digital y globalizado, surgiendo la propuesta de Ley denominada LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL USUARIO DIGITAL, misma que propone, además, reformar y adicionar diversas disposiciones de las Leyes Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como la protección de datos personales en posesión de los particulares y la Ley federal de protección al consumidor, que ya contempla la defensa de los derechos a los usuarios digitales.
Esta propuesta de Ley, busca ajustar las normas jurídicas a las situaciones que existen en la actualidad, lo cual es indispensable dado que todo ordenamiento legal nace por la obligación que tiene el estado de garantizar a todas las personas el respeto a sus derechos fundamentales y regular las relaciones entre los particulares, así como las relaciones entre éstos y las plataformas y servicios digitales; siendo el turno de los usuarios digitales como particulares que usan el internet.
Con esta propuesta de Ley, entre otras cuestiones se busca insistir en la no propagación de contenido ilegal como la intimidación, el acoso, la discriminación y otros delitos ya sancionados en otros ordenamientos legales; pero lo más relevante es que se propone sancionar la infodemia o propagación de noticias falsas.
En un cúmulo de 32 artículos la propuesta de Ley contempla promover y proteger los derechos de los usuarios digitales y las relaciones con los proveedores de servicios digitales.
Definiendo conceptos como: “Moderación del contenido”; “Servicio digital”; “Servicio digital de intermediación”; “De mero conducto”; “De almacenamiento en caché”; “De alojamiento”; así como “Términos y condiciones” y qué debe entenderse por “Usuario digital”.
Y planteando entre otros derechos, el que los usuarios digitales ejerzan la portabilidad de los datos personales e información que hayan generado a través de los servicios digitales; que puedan elegir libremente su proveedor de servicios digitales; y que al contratar servicios digitales les den a conocer las condiciones comerciales para exigir el cumplimiento forzoso del contrato cuando el proveedor del servicio digital modifique las condiciones originalmente contratadas; y puedan manifestar sus las ideas y tengan acceso a la información.
Será el Instituto Federal de Telecomunicaciones en conjunto con la Profeco quienes tendrán a su cargo el promover, proteger, asesorar, defender, conciliar, y representar a los usuarios digitales.
A la propuesta de Ley le falta tener en consideración regulación y tratamiento en temas como el comercio entre particulares usando la plataforma del creador de las redes sociales; la regulación y protección a los menores de edad mediante la autorización de los padres o tutores; la regulación del contenido en los medios digitales dirigido de acuerdo a la edad del usuario digital.
Esperemos que los legisladores aprueben la creación de este ordenamiento legal que resulta indispensable.
Mientras esto sucede y la ley es aprobada, las recomendaciones siguen siendo, mantener una conducta de civismo digital, tomado conciencia de qué sí debo y puedo hacer público a través de las diversas plataformas y herramientas que nos proporciona internet; leer los avisos de privacidad para gestionar nuestro consentimiento respecto a los usos que se le dará a la información personal; analizar los términos y condiciones de cada sitio en internet; y alertar a los creadores de los sitios web, plataformas digitales, redes sociales y autoridades competentes si somos víctimas o conocemos a alguien que lo sea, de algún delito cibernético.
Por: Viridiana Aguijosa