Avanza Ley Olimpia contra violación a la intimidad sexual en Congreso de la Ciudad de México

Con el fin de combatir el acoso sexual y la violación a la intimidad de las mujeres a través de medios digitales, el Congreso de la Ciudad de México aceptó turnar la reforma conocida como la Ley Olimpia, que busca castigar la difusión de contenidos sexuales sin el consentimiento de la víctima.

Con esta Ley, se reformará y tipificará en el artículo 179 bis del Código penal la violación a la intimidad sexual, como un delito acreedor a castigos con pena de cárcel, que va de cuatro a ocho años de prisión y multas de mil a dos mil unidades de cuenta en la Ciudad de México.

Con esta adición, cometerá el delito de violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos con contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

En la Ciudad de México se han detectado al menos 1,409 mercados de explotación digital, los cuales operan desde el año 2017, sobre todo en plataformas como Facebook y Twitter que sin restricciones distribuyen el contenido. La difusión de «packs» es una tendencia alarmante, donde se señala que el 80% del material no cuenta con el consentimiento de la víctima, y en consecuencia se normaliza la llamada “pornovenganza”.

Cabe recordar que esta Ley es llamada así en honor a la activista Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de este tipo de incidentes.

 

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